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acuerdo contempla el fomento de la estabilidad en el empleo, la cualificación
de los trabajadores y la promoción de la igualdad de oportunidades
La cláusula de revisión acordada garantiza
el poder adquisitivo de los salarios
Madrid, 27 de diciembre
de 2001
Los sindicatos se comprometen a mantener la moderación salarial
a cambio de que los empresarios garanticen el mantenimiento del empleo
y la inversión. Así se refleja en el Acuerdo Interconfederal
negociado entre CEOE, CEPYME, CC.OO. y UGT sobre la negociación
de los convenios del próximo año. Según sindicatos
y patronal es su contribución para prevenir los efectos que sobre
el empleo pueda tener la recesión de la economía mundial.
A cambio de la cláusula de revisión, que acepta la patronal,
los sindicatos han moderado el alza de los salarios poniendo como referencia
el 2 por ciento de inflación estipulado por la UE más un
porcentaje sobre la productividad.
Para las organizaciones firmantes, este acuerdo surge de la necesidad
de tener en cuenta la situación por la que atraviesa la economía
mundial: «ante las incertidumbres económicas y los primeros
síntomas de declive señalan-.hemos considerado oportuno
dar conjuntamente una señal de confianza que contribuya a alargar
el ciclo de crecimiento económico».
Los criterios que recoge el Acuerdo, proponen una subida salarial de
en torno al 2 por ciento, en línea con la previsión de inflación,
más un porcentaje de un 1 por ciento ligado a la productividad,
pero «sin llegar a agotarla» para que no se resientan las
inversiones necesarias para el mantenimiento del empleo.
Por otro lado, recomienda la inclusión de cláusulas de
revisión salarial aunque «sin que ello trunque advierte-
el objetivo de moderación salarial». Los negociadores reconocen
que la diversidad de situaciones no puede tratarse «de manera uniforme
» y por ello se recomienda tener en cuenta las circunstancias específicas
de cada empresa.
En cuando a la llamada cláusula de descuelgue, sindicatos y patronal
consideran que es en los convenios de ámbito superior a la empresa
donde han de establecerse las «condiciones y procedimientos por
los que podría no aplicarse el régimen salarial a las empresas
cuya estabilidad económica pudiera verse dañada como consecuencia
de tal aplicación».
Objetivo, mantener el empleo
Otro de los criterios que recogen los acuerdos para la negociación
colectiva del próximo año se refiere al mantenimiento del
empleo, al fomento de su estabilidad, la cualificación de los trabajadores
y la promoción de la igualdad de oportunidades. En este sentido,
el acuerdo considera que los convenios deben asumir un papel protagonista
en el fomento de un uso adecuado de las diferentes modalidades de contratación
«ayudando de esta manera a evitar el fraude que supone el encadenamiento
injustificado de sucesivos contratos temporales».
Se aconseja, por otro lado, tener en cuanta a aquellos colectivos cuyo
nivel de desempleo supera la media general como los jóvenes, mujeres,
discapacitados y los parados mayores de 45 años. En el caso de
destrucción inevitable de empleo, este Acuerdo recomienda que los
despidos sean «lo menos traumáticos» posible, con alternativas
que permitan la creación de puestos de trabajo como reducción
de jornadas, flexibilidad interna, movilidad o suspensión de contratos
siempre bajo la óptica de que son preferibles «medidas de
carácter coyuntural, siempre que sean posibles, a la extinción
de contratos».
Las organizaciones destacan también la necesidad de información
y consulta a los representantes de los trabajadores en materias como la
situación económica en el sector, las previsiones de volumen
y tipo de empleo, las modalidades de contratación y subcontratación,
procesos de reconversión, despidos etc.
Este es un acuerdo que, en línea con la estrategia europea, apuesta
por el aprendizaje permanente a lo largo de toda la vida y, por tanto,
considera la formación continua un instrumento fundamental tanto
para la adaptación de los trabajadores y las empresas, como para
el mantenimiento y la mejora del empleo.
Fomentar y contribuir a la eliminación de discriminaciones en
el empleo por razón de género y de forma que permita corregir
las bajas tasas de actividad de las mujeres, su elevado paro y las diferencias
salariales, es otra de las recomendaciones plasmadas en el Acuerdo. Por
último, se hace referencia también a la salud laboral en
la línea de fomentar la cultura preventiva y el cumplimiento de
las normas.
El Acuerdo Interconfederal tendrá efectos para los convenios de
2002, aunque la comisión de seguimiento estimará si se renueva
en función de la coyuntura económica.
«Cualquier modificación de la negociación colectiva
debe contar con los agentes sociales»
Más de un mes de negociaciones ha costado la firma del Acuerdo
Interconfederal, que se iniciaron formalmente el pasado mes de noviembre.
La decisión de consensuar este Acuerdo entre patronal y sindicatos
surgió el pasado 24 de octubre de los propios agentes sociales,
quienes solicitaron al Gobierno que les permitiese elaborar un pacto de
negociación colectiva para el 2002. De esta manera, tanto empresarios
como sindicatos trataban de evitar reiterada amenaza del ejecutivo de
legislar unilateralmente una reforma de la negociación colectiva.
Según Rodolfo Benito, secretario de Organización y Comunicación
confederal de CC.OO. «esto debe servir para demostrar al Gobierno
que cualquier modificación del actual sistema debe hacerse con
los agentes sociales, porque de lo contrario sólo se generaría
conflictividad». El secretario general de CC.OO. José María
Fidalgo explicó que este texto no es «un acuerdo interconfederal
como el alcanzado en los años ochenta», en los que se fijaba
un incremento salarial para todos los sectores, sino que «las indicaciones
que se realizan es de cuidar el empleo y obtener los mecanismos para que
los salarios no pierdan poder adquisitivo y que se garanticen mediante
cláusulas».
Los agentes sociales manifiestan en este Acuerdo su voluntad de «favorecer
una aplicación de los convenios lo más fluida posible».
Para ello recomiendan iniciar de inmediato procesos de negociación
una vez producida la denuncia de los convenios, mantener las negociaciones
abiertas hasta el límite de lo razonable, presentar las propuestas
por escrito, acudir a los procesos de solución extrajudicial de
conflictos cuando las negociaciones estén bloqueadas e impulsar
un funcionamiento más eficaz de las comisiones paritarias o mixtas.
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